El pleno desarrollo de la personalidad y la integración en un
mundo cada
vez más abierto a influencias culturales diversas exigen una
profunda
asimilación de los valores cívicos y éticos sobre
los que se asienta una
convivencia libre, pacífica y solidaria, fundamento y expresión
de una
verdadera democracia.
Esta formación integral de la persona requiere asimismo, en general,
la
posesión y asimilación de los elementos fundamentales
de la propia
historia y cultura. De ahí la necesidad de que todos los alumnos
tengan
acceso al conocimiento y apreciación de determinados aspectos
de la vida
social y cultural, en su dimensión histórica o actual,
entre los que
ocupan un lugar relevante el hecho religioso y sus distintas
manifestaciones sociales, morales, culturales, literarias, plásticas
y
musicales, en cuanto elementos configuradores decisivos de la cultura.
La tolerancia activa, que comprende y respeta la pluralidad de las
cosmovisiones, es, sin duda, exigencia, expresión y garantía
de una
conciencia ciudadana conformada por los valores de la libertad, la
justicia, la igualdad y el pluralismo político, que, de acuerdo
con la
Constitución, han de inspirar nuestro Ordenamiento y presidir
todos los
ámbitos de nuestra convivencia. La educación en estos
valores es
objetivo fundamental de la institución escolar y tarea que ésta
puede
llevar a cabo tanto desde una perspectiva religiosa como desde
presupuestos aconfesionales, según la opción que los
alumnos y sus
familias realicen, de acuerdo con sus propias convicciones. Sin embargo,
la posibilidad de una formación en valores democráticos,
ya sea laica o
confesional, garantizadas ambas por la Constitución y por la
Ley
Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, no ha
logrado en
nuestra comunidad educativa una práctica satisfactoria por el
planteamiento de alternativa. Como subraya la Recomendación,
de 27 de
enero de 1999, de la Asamblea del Consejo de Europa, "la democracia
y la
religión no son incompatibles; todo lo contrario, la democracia
proporciona el mejor marco a la libertad de conciencia, al ejercicio
de
la fe y al pluralismo de las religiones. Por su parte, la religión,
por
su compromiso moral y ético, por los valores que ella defiende,
por su
sentido crítico y por su expresión cultural puede ser
un complemento
valioso de la sociedad democrática".
Todos estos valores, ya los vinculados a las distintas religiones ya
los
contemplados desde una visión aconfesional de la democracia,
constituyen
un conjunto necesitado de un estudio sistemático que no se puede
lograr
adecuadamente con un tratamiento transversal o interdisciplinar
inconexo, sin perjuicio de que estos valores puedan estar presentes
en
las diversas enseñanzas, en razón de la especial atención
que se preste,
en cada caso, a la dimensión histórica, sociológica,
artística,
filosófica, política o moral de las variadas repercusiones
culturales de
lo religioso.
Entre los fines fundamentales de la educación, tal como se recogen
en el
artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos y en el
artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y
Culturales se encuentra el cultivo de los valores ya antes señalados
y,
en particular, el de fortalecer el respeto a los derechos humanos y
a
las libertades fundamentales, así como la comprensión,
la tolerancia y
la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales,
étnicos y religiosos. Estos valores y fines son los que inspiran
también
la Recomendación antes citada de la Asamblea del Consejo de
Europa en la
cual se exhorta a los Gobiernos a promover la educación religiosa
en los
centros educativos y la enseñanza de la historia comparada de
las
distintas religiones, insistiendo sobre su origen, la semejanza de
determinados valores y la diversidad de costumbres, tradiciones,
etcétera. Y éstos son justamente los fines y valores
a cuya realización
se orientan específicamente las enseñanzas que el presente
Real Decreto
establece. Con este Real Decreto se da, por tanto, la más adecuada
respuesta a las exigencias y recomendaciones internacionales indicadas.
El valor formativo de las enseñanzas que forman parte del bloque
de
opciones que se establece en el presente Real Decreto no sólo
justifica
su inclusión en el currículo, sino que las sitúan
entre aquellas que de
ningún modo deben dejar de estar presentes en él, si
se quiere
proporcionar a los alumnos los medios precisos para su pleno desarrollo
personal y social. Estas enseñanzas integran un bloque "común"
en cuanto
como tal es de oferta obligatoria en todos los centros y, a la vez,
es
heterogéneo en su contenido, dada la diversidad de opciones
que
comprende para respetar y atender las heterogéneas convicciones
de los
alumnos o, en su caso, de sus padres o tutores.
Al mismo tiempo, por otra parte, con la configuración curricular
que se
les confiere se hace posible el ejercicio del derecho que la
Constitución, en el apartado 3 del artículo 27, reconoce
a los padres, y
se da cumplimiento al mandato que en el mismo precepto constitucional
se
dirige a los poderes públicos, así como a los compromisos
asumidos al
respecto por el Estado español en los acuerdos suscritos con
la Santa
Sede y con otras confesiones religiosas, de conformidad con lo previsto
en el artículo 16 de la Constitución. El derecho de que
se trata, a la
formación religiosa y moral de acuerdo con las propias convicciones,
encuentra cauce adecuado para su ejercicio en esta configuración
curricular en cuanto con el bloque de opciones que ahora se establece,
se ofrece a todos la posibilidad de recibir enseñanza religiosa,
en
cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda
de la
Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General
del Sistema
Educativo, según la cual la enseñanza religiosa "será
de oferta
obligatoria para los centros y de carácter voluntario para los
alumnos".
Por su parte, los Reales Decretos que fijan las enseñanzas mínimas
o
aspectos básicos comunes del currículo determinan el
horario que en
Educación Primaria, en Educación Secundaria y en Bachillerato
ha de
dedicarse al bloque de opciones "religión/actividades de estudio".
Resulta así que dicho bloque recibe el tratamiento normativo
propio de
un área común, con la característica de generalidad
territorial estatal
propia de las enseñanzas mínimas; y ese mismo tratamiento
es el que
corresponde al bloque que mediante el presente Real Decreto se
configura.
Procede, pues, determinar el contenido de la opción aconfesional
que,
junto con la enseñanza religiosa, integra, el bloque común
que ahora se
establece, así como fijar los correspondientes aspectos básicos
del
currículo en lo que se refiere a objetivos, contenidos y criterios
de
evaluación, conforme a lo previsto en el artículo 4.2
de la Ley Orgánica
1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Por lo que respecta a la enseñanza religiosa se establecerán
los
correspondientes currículos según los acuerdos y convenios
suscritos por
el Estado con las diversas confesiones de acuerdo con los valores,
principios y preceptos constitucionales.
Sobre el proyecto de este Real Decreto han sido consultadas las
comunidades autónomas que se encuentran en el pleno ejercicio
de sus
competencias educativas y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del
Estado. Asimismo han sido consultadas tanto la Conferencia Episcopal
Española como las autoridades representativas de las demás
confesiones
religiosas con las que el Estado español ha suscrito acuerdos.
En virtud de todo lo cual, a propuesta del ministro de Educación
y
Cultura, con la aprobación del Ministerio de Administraciones
Públicas,
de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del
Consejo de
Ministros en su reunión del día... [falta por concretar
la fecha de la
reunión del Gabinete]
DISPONGO
Artículo 1º. Establecimiento de un bloque común de
opciones.
1. Se establece, en Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación
Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio
de la Formación Profesional específica un bloque común
de opciones, que
bajo la denominación de "Educación en Valores", tendrán
por objeto
contribuir a la formación integral de los alumnos bajo una de
las dos
perspectivas a las que se refiere el apartado siguiente.
2. En este bloque se incluyen dos opciones: "Valores Cívicos"
y
"Enseñanza Religiosa". Los alumnos deberán cursar una
de ellas, según la
elección que sus padres o tutores o, en su caso, ellos mismos
manifiesten de acuerdo con lo previsto en el artículo 4º
de este Real
Decreto.
3. a) En Educación Primaria este conjunto curricular se considerará
incluido en el área "Conocimiento del medio natural, social
y cultural".
Dentro del área indicada, cada opción de este bloque
recibirá un
tratamiento académico independiente.
b) En la Educación Secundaria Obligatoria este conjunto curricular
se
considerará parte del área "Ciencias Sociales, Geografía
e Historia".
Dentro del área indicada, cada una de las opciones del bloque
recibirá
un tratamiento académico independiente.
c) En el Bachillerato las opciones de este bloque figurarán entre
las
materias de modalidad en todas las modalidades.
d) En los Ciclos Formativos de Grado Medio se constituye un módulo
común
en el que se integran las opciones curriculares a las que se refiere
el
apartado 1 del presente artículo.
e) En la Educación Infantil se tratarán los aspectos y
elementos que son
objeto de las opciones de este bloque, según se especifica en
el
apartado 1 de este artículo, de modo adecuado a la edad de los
educandos
y desde una perspectiva acorde con las convicciones de los padres.
Artículo 2º. Enseñanzas mínimas y currículo.
1 . Los aspectos básicos o enseñanzas mínimas,
en cuanto a objetivos,
contenidos y criterios de evaluación, del currículo de
la opción
"Valores Cívicos" incluida en el bloque común, son, para
cada uno de los
niveles a los que se refiere el artículo 1.1, los que se establecen
en
los Anexos I, II, III y IV del presente Real Decreto.
2. Las Administraciones educativas establecerán, para cada uno
de los
niveles de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación
Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, así como para los Ciclos Formativos
de Grado
Medio de Formación Profesional Específica, el currículo
de la opción
"Valores Cívicos", y de dicho currículo formarán
parte, en todo caso,
las correspondientes enseñanzas mínimas.
3. La determinación del currículo de las enseñanzas
de las diferentes
confesiones religiosas que han suscrito con el Estado español
los
acuerdos a que se refiere la Disposición Adicional Segunda de
la Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General
del Sistema
Educativo, será competencia de las correspondientes autoridades
religiosas. En todo caso, los currículos que se establezcan
deberán
resaltar los aspectos cívicos y democráticos de los valores
religiosos.
4. Los libros y materiales curriculares de la enseñanza religiosa
deberán respetar en sus textos e imágenes los preceptos
constitucionales
y los principios a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley
Orgánica
1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
Las decisiones sobre la utilización de libros de texto y materiales
didácticos y, en su caso, la supervisión y aprobación
de los mismos
corresponde a las autoridades de las respectivas confesiones religiosas,
de conformidad con lo establecido en los respectivos acuerdos suscritos
con el Estado español.
Artículo 3º. Condiciones de impartición de las enseñanzas
incluidas en
el presente bloque de opciones.
Todas las enseñanzas que se incluyen en el bloque de opciones
establecido en el presente Real Decreto se desarrollarán de
acuerdo con
las mismas exigencias académicas, metodológicas científicas
y
didácticas, que las demás disciplinas y se someterán
a las mismas
exigencias de evaluación que se hallan establecidas con carácter
general
en cada caso para las demás materias.
Artículo 4º. Libre manifestación de la opción
por la enseñanza
religiosa.
1. A los efectos previstos en el apartado 2 del artículo 1º
del presente
Real Decreto, los padres o tutores de los alumnos, o ellos mismos si
fueran mayores de edad, manifestarán, voluntariamente, al director
del
centro al comienzo de cada etapa o nivel educativos o en la primera
adscripción del alumno al centro, la opción que eligen,
de entre las
incluidas en el bloque que se establece en el presente Real Decreto,
sin
perjuicio de que la decisión pueda modificarse al inicio de
cada curso
escolar. Los centros docentes recabarán expresamente esta decisión
en la
primera inscripción del alumno en el centro o al principio de
cada
etapa.
2. El alumno que haya superado, en un Ciclo Formativo de Grado Medio,
el
seguimiento de la opción por él elegida de entre las
incluidas en el
módulo común al que se refiere el apartado 3. d) del
artículo primero
del presente Real Decreto queda exento de la obligación de seguir,
en
cualquier otro Ciclo Formativo de Grado Medio o en el Bachillerato,
si
pasa a cursar esta etapa de la Educación Secundaria, cualquier
opción
del indicado bloque o módulo común.
Artículo 5º. Horario.
El número de horas que se le dedicará a cada una de las
opciones será el
que se fija en los correspondientes anexos a los que se refiere el
apartado 1 del artículo 2º del presente Real Decreto.
Artículo 6º. Profesores encargados de impartir estas enseñanzas.
1. Las enseñanzas correspondientes a la opción "Valores
Cívicos" serán
impartidas por los profesores cuya preparación académica
les haga
específicamente idóneos para ella (y, en todo caso, tendrán
la
consideración de tales, en la Educación Secundaria, los
profesores de
Filosofía y los profesores de Ciencias Sociales, Geografía
e Historia).
2. Los profesores encargados de la enseñanza religiosa serán
designados
y nombrados conforme al procedimiento estipulado en los acuerdos y
convenios suscritos por el Estado español con la Santa Sede
y con otras
confesiones religiosas.
3. En los centros públicos de Educación Infantil y Primaria
esta
designación, para el caso de la enseñanza religiosa católica,
recaerá
con preferencia en los profesores del cuerpo de maestros, destinados
en
el centro, que así lo soliciten, con el visto bueno del ordinario
del
lugar.
4. En los niveles educativos antes mencionados, las enseñanzas
de
religión de las confesiones que hayan suscrito acuerdos con
el Estado
español serán impartidas por las personas designadas
según lo previsto
en tales acuerdos y, en su caso, en los convenios establecidos para
su
aplicación. En los centros públicos de Educación
Infantil y de Educación
Primaria esta designación podrá recaer en profesores
del cuerpo de
maestros, con destino en el centro, que lo soliciten.
Disposición adicional única. Las administraciones educativas
organizarán
los cursos precisos para la formación del profesorado de las
materias
que integran el bloque de opciones establecido en el presente Real
Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7º,
respecto del
profesorado de la enseñanza religiosa confesional.
Disposición transitoria única. La enseñanza de
la religión católica y de
otras confesiones religiosas en los niveles educativos regulados por
la
Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento
de la
Reforma Educativa, continuará impartiéndose conforme
a las disposiciones
dictadas en desarrollo de la misma hasta la completa extinción
de
aquellos niveles educativos.
Disposición derogatoria. Se deroga el Real Decreto 2438/1994,
de 16 de
diciembre, por el que se regula la enseñanza de la religión
y cualquier
otra disposición, de igual o inferior rango, que se oponga a
lo
dispuesto en el presente Real Decreto.
Disposición final primera. El presente Real Decreto, que se dicta
en
virtud de la habilitación que confiere al Gobierno el artículo
4.2 de la
Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, y en uso de la competencia
estatal
para la ordenación general del sistema educativo, establecida
expresamente en la disposición adicional primera, dos, párrafo
a), de la
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a
la
Educación, tiene carácter de norma básica.
Disposición final segunda. El ministro de Educación y
Cultura y los
correspondientes órganos de las comunidades autónomas,
podrán dictar, en
el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean precisas
para
la ejecución y desarrollo de lo establecido en este Real Decreto.
Disposición final tercera. El presente Real Decreto entrará
en vigor el
día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial del Estado,
siendo de aplicación lo establecido en el mismo a partir del
curso
académico 2000-2001.
Anexo I
EDUCACIÓN INFANTIL (Segundo Ciclo)
1. Introducción
La enseñanza de la opción "Valores Cívicos" en
los ciclos de la
educación infantil tiene como finalidad despertar y promover
en el
alumno actitudes de autoconocimiento, responsabilidad, respeto y
cooperación social. En el proceso de interiorización
que se está
produciendo en el alumno es importante que se descubra a sí
mismo como
sujeto social, como miembro de una comunidad y como protagonista de
actividades que tienen consecuencias sociales. Este descubrimiento
también es importante desde el punto de vista cultural porque,
además de
las consecuencias sociales, el alumno puede descubrir el valor de su
participación en una sociedad culturalmente plural y heterogénea.
2. Objetivos
a) Descubrir y conocer el propio cuerpo como medio para iniciar el
autoconocimiento, tener una imagen ajustada de sí mismo y promover
la
confianza en sus posibilidades personales.
b) Observar y explorar el conjunto de relaciones que mantiene en los
distintos lugares donde desarrolla sus actividades.
c) Descubrir e identificar las relaciones que mantiene con las personas
más significativas de su entorno para iniciarse en el descubrimiento
de
las actitudes y valores con los que se organiza la sociedad.
d) Describir e identificar los hábitos sociales que facilitan
tanto la
higiene y la limpieza de los diferentes entornos, como la promoción
de
una vida saludable.
e) Despertar, identificar y expresar las propias emociones, sentimientos
y pensamientos como medio de autoestima personal.
f) Observar y valorar la expresión que los demás realizan
de sus
emociones, sentimientos y pensamientos como medio de respeto social.
g) Expresar y celebrar las tradiciones, fiestas y aniversarios más
significativos de la ciudad, comunidad autónoma o país.
h) Favorecer la
realización de actividades que promuevan la participación,
la
cooperación, el altruismo y la generosidad.
3. Contenidos
1. Observación y conocimiento de propio cuerpo. Los hábitos
de higiene y
su valor social.
2. El cuidado de las cosas que tengo a mi disposición. Hábitos
de
atención, responsabilidad y cuidado.
3. Respeto y diálogo en la comunicación. Expresarse,
escuchar y
participar en la comunicación social.
4. El uso de la palabra y la comunicación en la solución
de los
conflictos cotidianos. Dar cuentas de lo que se hace y rendir cuentas
ante los demás.
5. La organización personal y social del tiempo cotidiano. El
respeto a
las actividades del otro y su valor.
6. La cooperación en la organización de las actividades
sociales.
7. El lenguaje de las relaciones humanas, gestos y símbolos
con los que
expresamos necesidades, sentimientos, pensamientos o deseos.
8. Las expresiones de agradecimiento y sinceridad en la vida cotidiana.
9. El lenguaje de las fiestas y los valores que transmiten:
participación, cooperación, celebración.
10. Espontaneidad y organización de la amistad, la vecindad
y la
cooperación social.
11. La amistad y la cooperación social personajes significativos
de
diferentes tradiciones culturales y con diferentes creencias religiosas.
4. Criterios de Evaluación
Atendiendo a las características propias de esta etapa, los criterios
de
evaluación serán los siguientes:
a) Respetar el ritmo de maduración y los procesos de comunicación
social
que lo facilitan.
b) Conocer el propio cuerpo y los hábitos básicos de
higiene, respeto y
cooperación social.
c) Identificar las actitudes comunicativas que facilitan la expresión
personal y comunitaria.
d) Expresar la amistad, la sinceridad, el respeto por los demás.
e) Participar en las actividades, celebraciones o representaciones
culturales.
5. Horario
El horario destinado a estas enseñanzas será proporcional
al que se le
dedica en la Educación Primaria.
Anexo II
EDUCACIÓN PRIMARIA
1. Introducción
La enseñanza de la opción "Valores Cívicos" en
los distintos Ciclos de
la Educación Primaria tiene como finalidad general aproximar
al alumno a
estos valores sociales, presentes en las tradiciones culturales y las
creencias religiosas del mundo que le rodea. Esta aproximación
hará
posible un primer acercamiento a la pluralidad de formas en las que
los
mismos valores se manifiestan y realizan en diferentes tradiciones
culturales y, sobre todo, a la tolerancia activa como condición
necesaria para que puedan expresarse y realizarse las diversas opciones
axiológicas en el marco de una sociedad democrática.
A través de esta enseñanza, el alumno tiene que sentirse
afectado,
interpelado e implicado como miembro de una sociedad en la que coexisten
distintos sistemas de creencias y diferentes formas de llevarlas a
la
práctica. Estas diferencias tienen su origen en tradiciones
sociales,
culturales y religiosas muy diversas que los alumnos deben conocer
para
conseguir una formación integral. El origen diferente y heterogéneo
de
estos valores puede ser una ocasión para enriquecer desde la
pluralidad
los proyectos de convivencia democrática y ciudadanía
intercultural.
2. Objetivos
a) Descubrir la dignidad personal y el valor del cuidado de sí
mismo,
tanto en el marco de las relaciones sociales como del respeto al medio
ambiente.
b) Descubrir, identificar y analizar los valores fundamentales con
los
que se ordena la convivencia y formas de organización social:
libertad,
justicia, igualdad y pluralismo.
c) Apreciar el valor de la tolerancia activa en el conjunto de las
responsabilidades personales, sociales y culturales.
d) Conocer y valorar los sistemas de creencias como jerarquizaciones
de
valores sociales compartidos.
e) Conocer, interpretar y organizar las manifestaciones culturales
e
institucionales en las que se expresa la cooperación social.
f) Descubrir el hecho religioso desde una perspectiva no confesional
incidiendo en el valor formativo que tiene para la estimación
del
pluralismo cultural de las sociedades contemporáneas.
g) Favorecer el conocimiento de los usos, las costumbres y los ritos
de
las distintas religiones que constituyen el patrimonio cultural.
h) Introducir a los alumnos en el conocimiento de los personajes más
significativos que han contribuido a la generación, formulación
y
transmisión de las diferentes tradiciones culturales y creencias
religiosas.
3. Contenidos
1. La estimación, aprecio y valoración de la dignidad
humana. La
atención y el cuidado del cuerpo, importancia y consecuencias
para uno
mismo y para los demás. El valor de la limpieza y la salud.
2. El cuidado de la vida en crecimiento: el cuerpo, los animales y
las
plantas. La estimación y el aprecio por el medio ambiente. El
cuidado de
la naturaleza y su mediación cultural. El valor del medio ambiente.
3. La perseverancia en las actividades que realizo: completo las
actividades, aprendo a hacer bien las cosas. El cuidado y la
organización de las cosas con las que juego, aprendo y me divierto.
El
valor de la perseverancia.
4. Las emociones, las razones y los argumentos en la vida social. La
expresión, transmisión y comunicación de emociones.
Temperamento,
carácter y respeto.
5. La libertad y la organización personal del tiempo. Previsión,
planificación y programación de las actividades cotidianas.
El valor de
la disciplina.
6. La asertividad y la autoestima. El valor de la escucha atenta y
la
importancia del orden en la petición de palabra. La interacción
de
argumentos y la presión social. La información en la
vida social. El
valor de la sinceridad.
7. La autenticidad personal, las promesas y los compromisos, su
importancia en la vida social. La sinceridad en las relaciones humanas:
familia, colegio, amigos. Formas culturales en las que se expresa.
El
valor de la conciencia libre. El valor de la lealtad.
8. La realización de las actividades y el esfuerzo para la superación.
La coordinación de intereses y el trabajo en equipo. Intercambio
y
reciprocidad. El valor de la cooperación.
9. Cooperación y conflicto en la vida social. Formas de resolución
de
conflictos: cooperación, imposición, negociación,
arbitraje, mediación.
El valor del diálogo y la comunicación.
10. La distribución de bienes, servicios y actividades. Talentos,
capacidades y oportunidades. El valor de la justicia y sus formas.
11. La participación social, su necesidad y formas. La participación
y
los valores democráticos. La convivencia social y sus formas
de
expresión.
12. Los derechos y obligaciones de los niños y niñas.
Las instituciones
sociales que los protegen y promueven. Las instituciones que defienden
y
tutelan la infancia.
13. La cultura de la solidaridad y sus manifestaciones. Las
organizaciones humanitarias y los hábitos de solidaridad. La
organización de la solidaridad.
14. El origen del mundo y la historia en el judaísmo, cristianismo
e
islam. La distribución del tiempo y el sentido de las actividades
humanas.
15. Los personajes de las grandes tradiciones religiosas: judaísmo,
cristianismo e islam. Vida, enseñanzas y mensaje de Abraham,
Jesús y
Mahoma. La Biblia y el Corán.
16. La organización de la sociedad en el judaísmo, cristianismo
e islam.
El valor de la convivencia y la hospitalidad. Formas de entender el
valor de la libertad, la justicia y la tolerancia.
17. Las formas de expresión artística en el judaísmo,
cristianismo e
islam. Los lugares de las prácticas religiosas y su relación
con la vida
cotidiana.
4. Criterios de evaluación
Atendiendo a las características propias de cada ciclo, los criterios
de
evaluación serán los siguientes:
a) Conocer los factores que intervienen en la conducta humana en sus
diferentes expresiones: sentimientos, emociones, argumentos.
b) ldentificar las consecuencias de las acciones humanas en diferentes
ámbitos de la vida cotidiana: individual, social, cultural.
c) Reconocer y describir los valores que están en juego en situaciones
de conflicto o cooperación social.
d) Distinguir las expresiones culturales de las tres grandes religiones.
f) Identificar las contribuciones de los diferentes personajes
religiosos a la sociedad en la que vivieron.
5. Horario
105 horas en cada uno de los ciclos de la Educación Primaria.
Anexo III
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
1. Introducción
La enseñanza de la opción "Valores Cívicos" en
la Educación Secundaria
Obligatoria tiene como finalidad profundizar en los valores cívicos
que
los alumnos deben ya haber descubierto en la anterior etapa. Esta
profundización tiene que organizarse de forma que integre, sobre
todo en
el segundo ciclo, los contenidos de un módulo con la denominación
de
Sociedad, Cultura y Religión.
Mediante el desarrollo de esta enseñanza ha de buscarse que el
alumno se
sienta interpelado por los valores sociales, culturales y religiosos,
que presentan una dimensión social ineludible por su incidencia
en los
hábitos, normas y expresiones de ciudadanía. Más
que como una obligación
o exigencia normativa, los valores han de aparecer como fundamento
e
impulso de una auténtica conciencia compartida de ciudadanía.
De este
modo, se espera que el alumno, como protagonista de su propia formación,
despierte su sentido crítico, a la vez que su capacidad de creación,
innovación y enriquecimiento de los valores cívicos.
Las capacidades a
cuya adquisición ha de estar orientada esta enseñanza
son las que
permitirán no sólo mantener y renovar los hábitos
e ideales
democráticos, sino enriquecer las propuestas de tolerancia activa
que se
encuentran en las diferentes tradiciones religiosas.
2. Objetivos
a) Descubrir, identificar y apreciar las actitudes con las que se
expresan y los argumentos con los que se transmiten las creencias,
bien
sean sociales, culturales o religiosas.
b) Profundizar en el conocimiento de los valores fundamentales con
los
que se ordena la convivencia y formas de organización social:
libertad,
justicia, igualdad y pluralismo religioso.
c) Fomentar el valor de la tolerancia activa en el conjunto de las
responsabilidades personales, sociales y culturales.
d) Analizar las instituciones sociales más próximas,
los valores que las
legitiman socialmente y su relación con las creencias religiosas.
e) Analizar las expresiones ciudadanas que contribuyen a una cultura
de
la solidaridad, la paz y el diálogo interreligioso.
f) Conocer el lenguaje de los medios de comunicación social
y su
influencia en la promoción de los valores sociales.
g) Promover actitudes que eviten cualquier tipo de discriminación
basada
en las creencias religiosas.
h) Valorar las tradiciones religiosas y el patrimonio sociocultural
que
han generado.
3. Contenidos
PRIMER CICLO
1. La vida como proyecto personal y social. Conocimiento de uno mismo
y
el valor de la libertad. Dimensiones de los derechos y obligaciones.
2. La sensibilidad, el juicio y el diálogo en la vida cotidiana.
Dimensión psicológica y dimensión social de la
vida humana. Hábitos,
costumbres y prácticas de ciudadanía.
3. El valor de la comunicación verbal y no verbal. El respeto
y valor
del cuerpo. Afectividad, sexualidad y formas culturales.
4. Tradiciones culturales e instituciones sociales. Las expresiones
y
manifestaciones religiosas en la vida social.
5. Dignidad humana y solidaridad en las prácticas religiosas
del
judaísmo, cristianismo e Islam. Instituciones y grupos que trabajan
por
la cultura de la solidaridad.
6. Los valores compartidos y los espacios de comunicación de
las
creencias. El respeto y la tolerancia en centros de trabajo, zonas
de
recreación, ocio y lugares de culto.
7. El liderazgo y la autoridad en la vida social. Formas de liderazgo
en
las diferentes sociedades y religiones.
8. La convivencia interreligiosa y los medios de comunicación
social.
9. El mestizaje cultural. La prevención de la intolerancia y
el racismo.
Instituciones y expresiones de la paz en el judaísmo, cristianismo
e
islam.
10. Ciudadanía intercultural y valores universales. De la ciudadanía
local a la ciudadanía global. Sentido y alcance de la aldea
global.
11. Cultura, civilización y religiones. El hecho religioso en
el mundo:
Oriente y Occidente.
SEGUNDO CICLO
1. Historia y religión del pueblo de Israel. La tradición
bíblica.
2. El cristianismo primitivo y su desarrollo.
3. Catolicismo en la sociedad y en las instituciones de la Europa
Medieval.
4. El islam: doctrina, civilización y culturas.
5. Humanismo, Reforma y Contrarreforma. Guerras de religión.
Tolerancia.
6. Las tres culturas religiosas en la península Ibérica
y su proyección
externa.
7. El cristianismo en América.
8. Evolución de las confesiones cristianas en Occidente.
9. Cristianismo, Ilustración y revoluciones liberales.
10. Movimientos sociales, políticos, culturales y religiosos
en el siglo
XIX.
11. Cristianismo en el siglo XX.
12. Islam contemporáneo: tradicionalismo, reformismo y revisionismo
crítico.
13. Judaísmo: tradición y modernidad.
4. Criterios de evaluación
Atendiendo a las características propias de esta etapa, los criterios
de
evaluación serán los siguientes:
a) Analizar y comprender los factores morales que intervienen en el
crecimiento personal y la conquista de una libertad significativa.
b) Calcular y ponderar las consecuencias de las acciones humanas en
diferentes ámbitos de la vida cotidiana: individual, social,
cultural.
c) Aplicar los valores cívicos a las distintas situaciones de
conflicto
o cooperación social.
d) Apreciar el papel de los medios de comunicación en la promoción
de
los valores cívicos.
e) ldentificar y describir los valores cívicos que promueven
el diálogo
intercultural en todos los niveles de la vida social.
5. Horario
105 horas en cada uno de los Ciclos de la Educación Secundaria
Obligatoria.
Anexo IV
BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO DE FORMACIÓN
PROFESIONAL
1. Introducción
La enseñanza de los "Valores Cívicos" en el Bachillerato
y en la
Formación Profesional de Grado Medio tiene como finalidad general
contribuir a reforzar el protagonismo y la responsabilidad del alumno
en
la asimilación, defensa y realización de los valores
de la democracia.
Estas enseñanzas han de configurarse de modo que atiendan al
pluralismo
de creencias sociales, culturales y religiosas, así como a la
pluralidad
de actividades entre ellas, las profesionales, en las que se concretan
o
realizan los valores.
La programación de este módulo ha de responder a la necesidad
y urgencia
de una educación para la ciudadanía responsable y solidaria.
Por su
grado de madurez, su capacidad para el análisis y la pluralidad
de
saberes a los que el alumno ya tiene acceso, la enseñanza de
"Valores
Cívicos" genera un espacio educativo de maduración personal,
enriquecimiento cultural y tolerancia religiosa. En el desarrollo de
estas enseñanzas habrá de concederse especial importancia
a la práctica
de la argumentación y clarificación de valores, así
como al examen y
evaluación de las consecuencias de las decisiones, entre ellas,
las
profesionales, en la vida cotidiana.
2. Objetivos
a) Conocer la génesis histórica, social y cultural de
los valores
cívicos en las sociedades abiertas y democráticas.
b) Identificar, conocer y analizar las posibilidades de participación
democrática y compromiso ciudadano desde los distintos ámbitos
de la
vida social, cultural y religiosa.
c) Aprender a valorar las instituciones sociales, las tradiciones
culturales y la expresión de las creencias religiosas dentro
del marco
de los valores cívicos.
d) Adquirir un juicio personal, crítico y razonado sobre las
formas de
resolver los conflictos en los que intervienen diferentes
interpretaciones de los valores cívicos.
e) Identificar, conocer y apreciar los valores que representan las
diferentes tradiciones culturales y religiosas.
f) Reforzar el aprecio por la democracia, los derechos humanos y la
heterogeneidad cultural como fundamento de una convivencia ciudadana
intercultural.
3. Contenidos
1. El hecho religioso. Formas y manifestaciones.
2. Dios y el hombre en las religiones monoteístas.
3. La razón y la fe. Teísmo, agnosticismo, fideísmo,
ateísmo. Teología y
mística.
4. Política y religión. Las relaciones lglesia-Estado.
Libertad
religiosa, tolerancia, fundamentalismos.
5. Sociedad y religión. La "religión civil". Laicismo.
6. Ética y religión. Ética pública y éticas
privadas.
7. El hecho religioso en la Constitución española.
8. Asociacionismo profesional y ciudadano. El tercer sector y las
instituciones sin ánimo de lucro. El voluntariado y los valores
cívicos.
9. Los valores de la Europa social. La Europa intercultural e
interreligiosa.
10. Valores cívicos y comunicación social. Tolerancia
y pluralismo
religioso en el arte, la publicidad y los medios de comunicación
social.
11. La ayuda humanitaria. El deber de injerencia humanitaria y la
conciencia de ciudadanía mundial. Humanismo y humanitarismo.
Hacia una
ciudadanía mundial.
4. Criterios de evaluación
Atendiendo a las características propias de esta etapa, los criterios
de
evaluación serán los siguientes:
a) Identificar la relación que existe entre derechos y obligaciones.
b) Analizar y explicitar los problemas éticos de los distintos
ámbitos
de la vida social, cultural y religiosa.
c) Elaborar informes y participar argumentativamente en debates sobre
los valores cívicos que están en juego en las decisiones
sociales.
d) Analizar la relación entre los valores cívicos de
una sociedad y la
historia de las creencias culturales y religiosas.
e) Identificar, analizar y evaluar la relación entre los distintos
tipos
de valores y sus consecuencias. Atendiendo de un modo especial a la
relación entre los valores sociales, las tradiciones culturales
y las
creencias religiosas, tanto desde un punto de vista histórico
como
filosófico.
5. Horario
70 horas en Bachillerato y 70 horas en los Ciclos Formativos de Grado
Medio de Formación Profesional.
E-mail: redes@inicia.es
Página Web: http://redeseducacion.net